¿Quiénes somos?


DGRTC
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La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía supervisa los contenidos de radio, televisión y cinematografía, para su clasificación, transmisión, comercialización, distribución y exhibición; también es la instancia encargada de coordinar y supervisar técnicamente la transmisión, enlace y distribución de los programas oficiales en medios de comunicación, de los encadenamientos de las estaciones de radio y televisión en el país y del programa de radio La Hora Nacional, entre otros.

 

MISIÓN

Vigilar el cumplimiento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el ámbito de las atribuciones conferidas en dichos ordenamientos a la Secretaría de Gobernación, así como de la Ley Federal de Cinematografía y de sus respectivos Reglamentos, para contribuir al fortalecimiento de la integración nacional a través de la difusión de mensajes que reafirmen los valores históricos, democráticos, culturales y sociales de la población.

 

VISIÓN

Constituirse en una institución rectora que provea lo necesario para el uso del tiempo que corresponde al Estado, en cuyo usufructo tienen participación los tres poderes de la Unión, coadyuvando a difundir sus políticas de comunicación social; fortalecer los procesos para regular, supervisar y vigilar la transmisión de materiales de radio, televisión y cinematografía, conforme a lo establecido en las leyes y reglamentos de la materia para contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y de los valores históricos y culturales.

 

 

LA DGRTC A TRAVÉS DEL TIEMPO

1977

Creación de la DGRTC, en sus inicios dictó las disposiciones programáticas, de coordinación y evaluación relativas a los institutos de radio, televisión y cinematografía, atendió la operación de la Cineteca Nacional y el registro público cinematográfico, dirigió los servicios de la Televisión Rural Mexicana, de la radiodifusora Radio México y coordinó el funcionamiento de las estaciones de radio y televisión pertenecientes al Gobierno Federal. 

1985

Se incluyó entre sus atribuciones el emitir opinión previa al trámite que da la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a las solicitudes de concesión o permiso para operar estaciones de radio y televisión; Asimismo, se le facultó para autorizar el contenido de las señales distribuidas por sistemas de televisión por cable, vía satelital o de emisiones distribuidas a través de cualquier medio físico.

1989

Se le otorgaron atribuciones vinculadas al uso del tiempo que corresponde al Estado en las estaciones de radio y televisión, el encadenamiento de las estaciones de radio y televisión para mensajes de estado, la producción y transmisión de La Hora Nacional, el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de radio, televisión y cinematografía, la autorización para la transmisión de programas en idiomas diferentes al español, así como para la distribución, comercialización y exhibición pública de películas producidas en el país o en el extranjero; y la clasificación de los materiales de radio, televisión y cinematografía.

2004

Se faculta a la Dirección General de Radio, Televisión y cinematografía, para autorizar y vigilar la transmisión del Himno Nacional por estaciones de radio y televisión y la proyección por televisión del Escudo y de la Bandera Nacionales, asimismo, los programas que versen sobre ellos o que contengan motivos de símbolos patrios, cultura democrática y fomento cívico.

2013

Se actualizó el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, modificando de 36 a 24 las atribuciones conferidas a Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, en las adecuaciones se hacen especificaciones sobre la política de comunicación social y el uso de los tiempos oficiales e incluye de manera expresa la supervisión del contenido de la programación de televisión restringida.

Actualmente, la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, tiene la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

 

PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LA DGRTC

Regular y supervisar los contenidos de las transmisiones radiodifundidas y de televisión y audio restringidos conforme a las atribuciones que las Leyes y Reglamentos le confieren a la Secretaría de Gobernación. Autorizar la distribución, exhibición y comercialización de películas en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, a través de cualquier forma o medio, incluyendo la renta o venta de las mismas; en formatos domésticos, así como clasificar las películas, telenovelas, series filmadas y teleteatros grabados que transmitan las estaciones de televisión. Supervisar y monitorear la transmisión de los tiempos oficiales, el Himno Nacional, los boletines, las cadenas nacionales, así como sancionar el incumplimiento de los concesionarios, autorizados o programadores; Requerir a los concesionarios que presten el servicio de televisión y audio restringidos, la reserva gratuita de canales para la distribución de señales de televisión asimismo, que efectúen los concesionarios de uso público, no excedan el tiempo de duración de los patrocinios, incluyendo a los de comercialización o venta de algún producto o servicio y, en su caso, sancionar el incumplimiento; Imponer las sanciones que correspondan a los concesionarios, autorizados y programadores por incumplimiento de las normas que regulan las transmisiones de radiodifusión, de televisión y audio restringidos, así como a los sujetos obligados previstos en la Ley Federal de Cinematografía; Coordinar la producción y transmisión de los programas de "La Hora Nacional".

 

¿DÓNDE ESTÁN UBICADAS LAS OFICINAS DE LA DGRTC?

Roma 41, Col Juárez, C.P. 06600 Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad México.